Ayudas en Galicia para viviendas de reinserción social de pacientes con drogodependencias
¿En qué consiste esta ayuda y a quién va dirigida?
La Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia ha publicado una convocatoria de subvenciones (código SA462B) para que entidades privadas sin ánimo de lucro puedan desarrollar programas de incorporación social en viviendas destinadas a pacientes estabilizados en unidades asistenciales de drogodependencias. En palabras llanas: si tu asociación u ONG trabaja en el ámbito de las adicciones y necesitas financiación para ofrecer pisos de reinserción a personas que ya han superado la fase aguda de su tratamiento, esta ayuda te interesa.
Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, es decir, se comparan todas las solicitudes y se eligen las mejores según los criterios de la Orden de bases reguladoras (del 29 de diciembre de 2025).
Requisitos para solicitarla
Pueden pedir estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan, como mínimo, lo siguiente:
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente de Galicia.
- Tener entre sus fines estatutarios la atención a personas con problemas de drogodependencias o la inserción social de colectivos vulnerables.
- Desarrollar el programa en viviendas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- No estar incursas en las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones públicas (al corriente de obligaciones tributarias, etc.).
Además, la memoria del programa debe detallar cómo se va a realizar la incorporación social de pacientes estabilizados procedentes de unidades asistenciales especializadas en drogodependencias. Consulta la Orden de bases en el DOG para conocer todos los requisitos específicos.
Cuantía e importe
En la información oficial publicada no se especifica el importe total ni el límite por entidad. Por tanto, es imprescindible revisar la convocatoria completa (disponible en el enlace oficial) o contactar con la Consellería de Sanidad. Normalmente, estas ayudas cubren gastos de alquiler, mantenimiento, personal o actividades del programa, pero cada año puede variar la dotación presupuestaria.
Recuerda: las subvenciones son en régimen de concurrencia competitiva, así que no hay un reparto fijo. Se valorará la calidad del proyecto y la necesidad social.
Plazos importantes
La resolución de concesión se publicó el 21 de abril de 2026 en el DOG, lo que indica que esta convocatoria ya está abierta (o a punto de cerrarse) para presentar solicitudes. Sin embargo, en los datos facilitados no constan las fechas exactas de inicio y fin del plazo. No esperes más: accede al DOG del 21 de abril de 2026 o a la sede electrónica de la Xunta para confirmar el plazo vigente. Si la convocatoria ya ha finalizado, puede servirte de referencia para futuras ediciones.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Busca el procedimiento SA462B.
- Descárgate la documentación oficial: la Orden de bases, la convocatoria y los anexos (memoria, presupuesto, etc.).
- Prepara la solicitud cumplimentando el formulario normalizado. La mayoría de trámites se realizan de forma telemática con certificado digital o DNIe.
- Adjunta toda la documentación requerida (ver apartado siguiente).
- Firma electrónicamente y envía la solicitud dentro del plazo establecido.
- Conserva el justificante de presentación. Puedes hacer seguimiento del estado en la misma sede.
Si tu entidad no tiene medios electrónicos, consulta si existe posibilidad de presentación presencial en los registros auxiliares de la Xunta, aunque se recomienda el uso del canal digital.
Documentación necesaria
Aunque los formularios exactos están en la convocatoria, por experiencia en ayudas similares suele pedirse:
- Instancia (modelo oficial del procedimiento SA462B).
- Memoria del programa donde describas objetivos, actividades, perfil de los pacientes, duración y resultados esperados.
- Presupuesto detallado de los gastos que financiarías con la subvención.
- Documentación acreditativa de la entidad (estatutos, CIF, inscripción en el registro, poder del representante).
- Declaración responsable de no estar sujeto a prohibiciones y de veracidad de datos.
- En su caso, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (aunque la Administración puede consultarlos de oficio).
Revisa la lista en la convocatoria oficial porque puede haber cambios para 2026.
Consejos prácticos
- No dejes todo para el último día. Aunque no conozcas el plazo exacto, prepárate con antelación: consigue los documentos de la entidad y redacta una memoria clara.
- Destaca la integración social y la digitalización (aparece en las categorías de la ayuda). Si tu programa incluye formación digital o herramientas TIC para los pacientes, menciónalo; suma puntos en la valoración.
- Lee la Orden de bases (publicada el 29 de diciembre de 2025). Allí están los criterios de evaluación, el baremo y los requisitos técnicos que debes cumplir.
- Contacta con la Consellería de Sanidad si tienes dudas. El teléfono o correo suelen estar en la propia resolución del DOG. Mejor resolver incidencias antes de enviar.
- Si no consigues la ayuda este año, guarda la documentación: las convocatorias suelen repetirse anualmente con plazos similares (primavera).
Datos oficiales
| Fuente | DOG |
| Organismo | Consellería de Sanidad |
| CCAA | Galicia |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta subvención?
Entidades privadas sin ánimo de lucro con sede o actividad en Galicia, que realicen programas de vivienda para pacientes estabilizados en unidades de drogodependencias. Deben estar legalmente constituidas y tener fines relacionados con la inserción social.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
En los datos facilitados no aparece la fecha exacta de cierre. Debes consultar la resolución publicada el 21 de abril de 2026 en el DOG de Galicia (código SA462B) para conocer el plazo vigente. Si ya ha pasado, la convocatoria puede estar cerrada; atento a la próxima.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
La cuantía total y el importe máximo por entidad no se especifican en esta información. Debes revisar la convocatoria oficial (Orden de 29 de diciembre de 2025 y resolución de 27 de marzo de 2026) o contactar con la Consellería de Sanidad. Normalmente se financia parte del programa en vivienda.
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