Ayuda Retorna Cualifica Empleo en Galicia: guía paso a paso (2026-2027)
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
La Orden de 24 de abril de 2026 (código de procedimiento TR380A) establece las bases reguladoras del programa Retorna Cualifica Empleo, una iniciativa de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración de la Xunta de Galicia. Su objetivo es fomentar la contratación de personas que retornan a Galicia, facilitando su inserción laboral mediante subvenciones a empresas y entidades. Aunque la convocatoria cubre las anualidades 2026 y 2027, los detalles concretos sobre los beneficiarios (pueden ser empresas, autónomos o entidades) y las condiciones exactas se recogen en la orden publicada en el DOG del 29 de abril de 2026.
Esta ayuda va dirigida a empleadores gallegos que contraten a personas retornadas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria oficial. Si eres una empresa o autónomo en Galicia y quieres incorporar talento de gallegos que vuelven a su tierra, esta subvención puede interesarte.
Requisitos para solicitarla
Los requisitos varían según el perfil del solicitante (empresa contratante) y de la persona contratada. Aunque la orden no especifica detalles públicos, en líneas generales deberás cumplir con:
- Ser una empresa, autónomo o entidad con centro de trabajo en Galicia.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- La persona contratada debe acreditar su condición de retornada a Galicia (normalmente, haber residido en el extranjero un tiempo mínimo).
- El contrato debe ser por cuenta ajena y cumplir con la normativa laboral vigente.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones públicas.
Para conocer los requisitos exactos (tipo de contrato, duración mínima, colectivos prioritarios, etc.), consulta el texto íntegro de la orden en el DOG (enlace al final de esta guía).
Cuantía e importe
En los datos facilitados no se indica un importe concreto. La cuantía de la subvención dependerá de lo que establezca la orden de convocatoria. Normalmente, estas ayudas suelen cubrir parte del salario o los costes de Seguridad Social durante un período determinado. Te recomendamos revisar el anexo de la orden para conocer las cuantías máximas por contrato, los límites por empresa y si hay módulos económicos específicos.
Plazos importantes
La convocatoria se publicó el 29 de abril de 2026. El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación y se extenderá durante el período que fije la orden. Dado que abarca las anualidades 2026 y 2027, es probable que haya ventanas de solicitud diferenciadas. Consulta la disposición adicional o el artículo de plazo en el DOG para conocer las fechas exactas y evita quedarte fuera.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
La solicitud se tramita de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Sigue estos pasos:
- Accede a la sede virtual: https://sede.xunta.gal
- Busca el procedimiento TR380A (Retorna Cualifica Empleo).
- Rellena el formulario electrónico con los datos de tu empresa y del contrato.
- Adjunta la documentación requerida en formato PDF.
- Firma digitalmente con tu certificado electrónico (DNIe, FNMT, etc.).
- Presenta la solicitud y guarda el justificante de presentación.
Si necesitas ayuda, la Consellería suele habilitar un servicio de atención o guías interactivas. También puedes acudir a las oficinas de asesoramiento de la Xunta.
Documentación necesaria
Aunque la lista completa está en la orden, previsiblemente necesitarás:
- Documento acreditativo de la representación legal (si eres persona jurídica).
- DNI/NIE de la persona contratada y documentación que acredite su retorno (certificado de residencia en el extranjero, pasaporte, etc.).
- Contrato de trabajo firmado y alta en la Seguridad Social.
- Declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidades.
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (pueden obtenerse telemáticamente).
Comprueba en la convocatoria si se exige alguna memoria explicativa o plan de formación adicional.
Consejos prácticos
- Lee la orden completa antes de empezar. Aunque esta guía te da una visión general, los detalles marcan la diferencia.
- Prepara la documentación con antelación. El certificado de retorno puede tardar unos días en obtenerse.
- Usa certificado digital para la firma. Si no tienes, solicítalo con tiempo.
- Revisa las bases reguladoras para conocer las obligaciones de justificación posteriores (memoria de gastos, etc.).
- No esperes al último día. Los plazos electrónicos suelen colapsarse. Presenta con varios días de margen.
Para más información, visita la URL oficial de la ayuda: Anuncio DOG.
Datos oficiales
| Fuente | DOG |
| Organismo | Consellería de Empleo, Comercio y Emigración |
| CCAA | Galicia |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Pueden solicitarla empresas, autónomos y entidades con centro de trabajo en Galicia que contraten a personas retornadas a la comunidad. La orden concreta los requisitos de la persona contratada (tiempo de residencia en el extranjero, etc.).
¿Cuál es el plazo para solicitar la subvención?
El plazo comienza al día siguiente de la publicación en el DOG (29 de abril de 2026). La duración exacta se indica en la convocatoria; al ser bianual (2026-2027), puede haber varias ventanas. Consulta la orden para no perder la fecha.
¿Cuánto dinero puedo recibir por cada contrato?
No se ha especificado en los datos disponibles. Cada convocatoria fija una cuantía máxima por contrato (por ejemplo, un porcentaje del salario o un importe fijo). Revisa el anexo de la orden publicada en el DOG para conocer las cifras exactas.
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