Guía para solicitar las ayudas sociales del 0,7% IRPF en Galicia
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, impulsada por la Consellería de Política Social e Igualdad de la Xunta de Galicia, financia programas de interés general con fines sociales con cargo al 0,7% de tu IRPF y del Impuesto de Sociedades. Se trata de una oportunidad para que entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y otras organizaciones sociales desarrollen proyectos que mejoren la vida de colectivos vulnerables, especialmente en los ámbitos social y de digitalización.
Va dirigida a entidades privadas de iniciativa social, fundaciones, asociaciones, federaciones y otras organizaciones que realicen programas de carácter social en el territorio gallego. Si tu entidad trabaja por la inclusión, la igualdad o la transformación digital en el ámbito social, esta ayuda te interesa.
Requisitos para solicitarla
Los requisitos concretos figuran en la orden publicada en el DOG, pero en general deberás cumplir con:
- Ser una entidad legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Carecer de ánimo de lucro y estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar un programa de interés general con fines sociales que se desarrolle en Galicia.
- No haber sido sancionada por infracciones graves en materia de subvenciones o igualdad.
- Disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para ejecutar el proyecto.
Importante: revisa las bases completas en la convocatoria oficial para confirmar todos los requisitos específicos.
Cuantía e importe
En la información publicada no se detalla el importe total de la convocatoria ni las cuantías máximas por proyecto. Estas subvenciones suelen financiar entre el 80% y el 100% del presupuesto del programa, con un límite que dependerá de la disponibilidad presupuestaria y de la valoración de tu proyecto.
Consulta la convocatoria en el DOG (enlace más arriba) para conocer las cuantías concretas asignadas y el importe total disponible.
Plazos importantes
La fecha de publicación de la orden es el 25 de junio de 2026. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación y no se ha especificado aún su duración. Por lo general, suele ser de entre 20 y 30 días hábiles, pero debes confirmarlo en la orden oficial.
Consejo: no esperes al último día. Revisa ya las bases y empieza a preparar la documentación.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
Sigue estos pasos generales (consulta la sede electrónica de la Xunta para el proceso exacto):
- Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (sede.xunta.gal) y busca el procedimiento BS623D.
- Descarga los formularios normalizados que aparecen en la convocatoria.
- Rellena la solicitud con los datos de tu entidad y del programa.
- Adjunta toda la documentación requerida (ver sección siguiente).
- Firma electrónicamente (con certificado digital válido) y presenta la solicitud a través del registro electrónico.
- Guarda el justificante de presentación.
Si tu entidad no dispone de certificado digital, puedes tramitarlo a través del DNIe o del sistema Cl@ve.
Documentación necesaria
La documentación concreta se detalla en las bases. Habitualmente incluye:
- Solicitud oficial firmada.
- Documento acreditativo de la representación legal de la entidad.
- Estatutos actualizados.
- Memoria descriptiva del programa (objetivos, actividades, presupuesto, cronograma).
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones para recibir subvenciones.
- En su caso, documentación que acredite la digitalización del proyecto (si aplica).
Revisa el listado exacto en la orden para evitar sorpresas.
Consejos prácticos
- Lee la orden entera antes de empezar. Aunque es larga, te ahorrará errores.
- Prepara la documentación con antelación: muchos documentos tardan días en obtenerlos (certificados, estatutos actualizados, etc.).
- Descarga los anexos directamente de la página oficial del DOG.
- Pide cita previa en la sede de la Consellería si necesitas resolver dudas (consulta los teléfonos en la web).
- Verifica el presupuesto: no incluyas gastos no subvencionables (como inversiones en inmovilizado si no están permitidos).
- Cumple con la igualdad de género si tu proyecto lo requiere (suele ser un criterio de valoración).
- Si tu proyecto tiene componente de digitalización, destácalo bien en la memoria: es una de las categorías de la ayuda.
Datos oficiales
| Fuente | DOG |
| Organismo | Consellería de Política Social e Igualdad |
| CCAA | Galicia |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de entidades pueden solicitar esta subvención?
Está dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro, como asociaciones, fundaciones, federaciones y otras organizaciones que realicen programas de interés social en Galicia. Consulta la convocatoria para ver si tu entidad cumple con la definición exacta.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
La orden se publicó el 25 de junio de 2026. El plazo concreto no aparece en el resumen, pero suele ser de 20 a 30 días hábiles desde la publicación. Verifica la fecha exacta en el DOG.
¿Cuánto dinero puedo recibir por proyecto?
No se ha especificado el importe máximo en la información disponible. Dependerá del presupuesto del programa y de la disponibilidad de la convocatoria. Revisa las bases para conocer las cuantías y los porcentajes de financiación.
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