Subvenciones sociales en Galicia: fondos del 0,7% del IRPF para tu proyecto
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, gestionada por la Consellería de Política Social e Igualdad de la Xunta de Galicia, financia programas de interés general para fines de carácter social. Se financia con la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto de Sociedades, un dinero que los contribuyentes deciden destinar a fines sociales al marcar la casilla correspondiente en su declaración.
Va dirigida a entidades del tercer sector, asociaciones, fundaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos sociales en Galicia. Si tienes una iniciativa que mejore la vida de colectivos vulnerables, impulse la digitalización en el ámbito social o atienda necesidades de integración, esta ayuda puede ser para ti.
Requisitos para solicitarla
Aunque la convocatoria oficial detalla los requisitos exactos (consulta el DOG del 25 de junio de 2026), por lo general se exige:
- Ser una entidad legalmente constituida sin ánimo de lucro, con sede o delegación en Galicia.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar un programa de interés general que encaje en las líneas prioritarias de la convocatoria (social, digitalización, etc.).
- No tener deudas con la Administración de la Xunta de Galicia.
- Cumplir con el plan de igualdad si la entidad supera el número de trabajadores exigido por ley.
Revisa bien la orden porque pueden incluir requisitos específicos según el tipo de programa.
Cuantía e importe (si se conoce)
En los datos facilitados no se especifica el importe total ni los límites por proyecto. Lo habitual es que estas subvenciones cubran hasta el 100% del presupuesto del programa, con un máximo variable en función del número de personas atendidas o de la naturaleza del proyecto. Para saber la cuantía exacta disponible y los importes máximos, consulta la convocatoria oficial en el enlace del DOG que aparece al inicio de esta guía.
Plazos importantes
La fecha de publicación de la convocatoria es el 25 de junio de 2026. El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación y suele durar entre 15 y 30 días naturales. Como no tenemos la fecha exacta de cierre, te recomendamos que accedas al texto íntegro de la orden para conocer el último día de presentación. ¡No lo dejes para última hora!
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Busca el procedimiento BS623D.
- Prepara la documentación digitalizada en PDF (mira el apartado siguiente).
- Rellena el formulario electrónico con los datos de la entidad y del programa. Todas las solicitudes se presentan obligatoriamente por vía telemática.
- Adjunta los archivos requeridos y firma electrónicamente con certificado digital de la entidad (o de su representante legal).
- Envía la solicitud y guarda el justificante de presentación. Recibirás un número de expediente.
Si tienes dudas técnicas, la consellería suele habilitar un teléfono de ayuda o una dirección de correo electrónico en la propia convocatoria.
Documentación necesaria
Aunque cada convocatoria puede variar, lo más común es que pidan:
- Solicitud oficial (formulario normalizado del procedimiento BS623D).
- Memoria del programa: descripción, objetivos, actividades, presupuesto detallado y calendario.
- Documentación acreditativa de la entidad: estatutos, NIF, inscripción en el registro correspondiente.
- Declaraciones responsables de no estar incurso en prohibiciones.
- Certificados actualizados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Presupuesto del proyecto con desglose por partidas (personal, materiales, etc.).
- En su caso, documentación adicional que acredite la experiencia de la entidad o la viabilidad del programa.
Revisa el anexo de la orden para la lista completa.
Consejos prácticos
- Lee la orden completa antes de empezar; muchas veces hay detalles en letra pequeña que son clave.
- Justifica bien el interés general de tu programa: cuantos más beneficiarios directos e impacto social demuestres, mejor valorado será.
- No esperes al último día: los sistemas electrónicos pueden saturarse. Presenta al menos 48 horas antes del cierre.
- Si tienes dudas sobre la documentación, contacta con el servicio de información de la Consellería de Política Social e Igualdad. Te ahorrarás errores.
- Digitaliza todo con buena calidad (300 dpi) y nombra los archivos de forma clara (ej: “Memoria_programa.pdf”).
Datos oficiales
| Fuente | DOG |
| Organismo | Consellería de Política Social e Igualdad |
| CCAA | Galicia |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, ONG) legalmente constituidas y con sede o delegación en Galicia. También pueden optar otras organizaciones del tercer sector que realicen programas de interés social.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo exacto se publica en la convocatoria (DOG del 25 de junio de 2026). Normalmente son 15-30 días naturales desde el día siguiente a la publicación. Consulta la fecha de cierre en el texto oficial.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
El importe no aparece en los datos facilitados. Depende del presupuesto del programa y de la disponibilidad de fondos. Para conocer los límites máximos por proyecto, revisa la orden de convocatoria.
¿Quieres recibir alertas de ayudas como esta?
Regístrate gratis en SubvencionesAlDía y te avisaremos cuando se publiquen nuevas convocatorias.
Empieza gratis →