Guía para solicitar las ayudas de talleres duales de empleo en Galicia 2026
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el 26 de mayo de 2026, forma parte de la segunda convocatoria del año 2026 de los talleres duales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia. Su objetivo es financiar programas formativos en alternancia con el trabajo, que combinan cualificación profesional y empleo para personas desempleadas. La gestión corresponde a la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.
Va dirigida principalmente a entidades promotoras (ayuntamientos, asociaciones, fundaciones, etc.) que quieran poner en marcha un taller dual de empleo en su territorio. Las personas beneficiarias finales son personas desempleadas que participen en el taller, aunque la solicitud la realiza la entidad promotora. Para conocer con exactitud quiénes pueden ser entidades beneficiarias, consulta la orden de bases (Orden de 14 de noviembre de 2025) y esta modificación.
Requisitos para solicitarla
Los requisitos específicos aparecen detallados en la convocatoria oficial, pero a grandes rasgos deberás cumplir con:
- Ser una entidad legalmente constituida en Galicia (ayuntamiento, mancomunidad, entidad sin ánimo de lucro, etc.).
- Presentar un proyecto de taller dual de empleo con un plan formativo y de trabajo.
- Garantizar la contratación de las personas participantes durante la duración del taller.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (ley de subvenciones de Galicia).
- Cumplir con los requisitos específicos que se indican en la Orden de bases y en el extracto de la convocatoria.
Como los detalles pueden variar, te recomendamos leer atentamente el texto íntegro de la convocatoria en el enlace oficial que te damos más abajo.
Cuantía e importe
En la información facilitada no se especifica un importe concreto para esta convocatoria. La cuantía de las ayudas suele calcularse en función del número de participantes, la duración del taller (normalmente 12 meses) y los costes de formación y salarios. Para saber la dotación presupuestaria total y los importes máximos por entidad, debes consultar la convocatoria oficial publicada en el DOG del 26 de mayo de 2026 (enlace más abajo). Allí encontrarás el desglose económico.
Plazos importantes
La fecha de publicación en el DOG es el 26 de mayo de 2026. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación (salvo que la orden establezca otra cosa) y tendrá una duración determinada (normalmente 20 o 30 días hábiles). Como no tenemos el dato exacto del plazo de fin, te aconsejamos que entres cuanto antes en el enlace oficial para ver el cómputo de días. ¡No lo dejes para el último momento!
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
Sigue estos pasos prácticos para presentar tu solicitud:
- Paso 1: Accede al enlace oficial de la convocatoria en el DOG: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260526/AnuncioG0767-130526-0004_es.html
- Paso 2: Lee el extracto y la orden completa. Descarga los anexos y el formulario de solicitud (código de procedimiento TR353A).
- Paso 3: Prepara la documentación (mira el siguiente apartado).
- Paso 4: Presenta la solicitud electrónicamente a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Normalmente se necesita un certificado digital (DNIe, Cl@ve, etc.).
- Paso 5: Guarda el justificante de registro. La administración te dará un número de expediente.
Si tienes dudas sobre el uso de la sede electrónica, contacta con el servicio de atención al ciudadano de la Xunta (012 o 981 54 00 00).
Documentación necesaria
La documentación que deberás adjuntar variará según tu proyecto, pero lo habitual incluye:
- Modelo de solicitud (anexo correspondiente de la convocatoria).
- Memoria descriptiva del taller dual de empleo (plan formativo, número de participantes, duración, etc.).
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos.
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad (escrituras, estatutos, NIF, etc.).
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones.
- Cualquier otro documento que exija la orden de bases (por ejemplo, informe de viabilidad, compromiso de contratación, etc.).
Revisa la convocatoria para conocer la lista exacta y los formatos requeridos (PDF, Word, etc.).
Consejos prácticos
- Lee la letra pequeña: No te quedes solo con el extracto; la orden de bases tiene detalles clave sobre obligaciones, justificación y pagos.
- Prepara la documentación con antelación: No esperes al último día. Los certificados digitales y la firma electrónica pueden darte problemas si no los has usado antes.
- Consulta con la Consellería: Si tienes dudas, llama o escribe al departamento de empleo. Ellos te orientarán sobre la adecuación de tu proyecto.
- Revisa el plazo exacto: El cómputo de días hábiles puede variar. Marca en tu calendario la fecha tope.
- Guarda copias de todo: Tanto de la solicitud como de los documentos presentados, por si necesitas reclamar o justificar más adelante.
Datos oficiales
| Fuente | DOG |
| Organismo | Consellería de Empleo, Comercio y Emigración |
| CCAA | Galicia |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda como persona física desempleada?
No directamente. La solicitud la presenta una entidad promotora (ayuntamiento, asociación, etc.). Tú como desempleado puedes beneficiarte participando en el taller una vez que la entidad lo ponga en marcha. Infórmate en tu ayuntamiento o en la oficina de empleo.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
El plazo comienza el día siguiente a la publicación en el DOG (27 de mayo de 2026) y suele durar entre 20 y 30 días hábiles. Consulta la fecha exacta en el texto oficial de la convocatoria, porque no aparece en el extracto resumido.
¿Qué gastos cubre esta subvención?
Normalmente financia los costes salariales de los participantes (contratación), la formación teórica, la dirección del taller y los materiales. La cuantía exacta y los conceptos subvencionables los encontrarás en la orden de bases y en la convocatoria. No tenemos el importe concreto, así que revisa el DOG.
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