Ayudas en Galicia para proteger animales abandonados: guía para asociaciones
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, impulsada por la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Xunta de Galicia, busca financiar proyectos de asociaciones que trabajan en la protección y defensa de los animales domésticos de compañía abandonados. Se enmarca en la Orden de 20 de diciembre de 2024 y la convocatoria anual para 2025 (aunque la resolución de concesión se publicó en 2026).
Va dirigida exclusivamente a asociaciones sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía. Si tu entidad ya está registrada, puedes optar a estas ayudas para llevar a cabo acciones como esterilización, acogida, adopción, campañas de concienciación o mejora de instalaciones.
Requisitos para solicitarla
- Ser una asociación legalmente constituida e inscrita en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía.
- Tener su sede social o delegación en Galicia.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones públicas (deudas con la administración, sanciones, etc.).
- Presentar un proyecto concreto que justifique la necesidad de la ayuda y su encaje en las líneas de la convocatoria.
Importante: Los requisitos detallados pueden variar ligeramente cada año. Consulta siempre la convocatoria oficial (código de procedimiento MT811B) para los términos exactos.
Cuantía e importe
En los datos facilitados no se especifica un importe máximo o mínimo por asociación. La cuantía total de la convocatoria, así como los límites por proyecto, se publican en la Orden de convocatoria anual (en este caso, la de 2025). Lo habitual es que se fije un porcentaje de los gastos subvencionables (por ejemplo, hasta el 80% del presupuesto) con un tope máximo por entidad.
Para saber la cuantía concreta que podrías recibir, revisa el Diario Oficial de Galicia (DOG) donde se publique la convocatoria del año en curso.
Plazos importantes
En la información facilitada no se indica el plazo de solicitud de la convocatoria de 2025 (ya que la resolución publicada es de concesión, no de apertura). Sin embargo, el procedimiento es anual. Normalmente:
- Apertura de plazo: suele coincidir con los primeros meses del año (enero-febrero).
- Cierre: alrededor de 30-45 días después de la publicación en el DOG.
- Resolución: meses después (como en este caso, la resolución de 2025 se publicó en febrero de 2026).
Para futuras convocatorias, estate atento al DOG o al portal de subvenciones de la Xunta de Galicia. El código de procedimiento MT811B te ayudará a localizarlas rápidamente.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Prepara la documentación (ver sección siguiente).
- Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (sede.xunta.gal).
- Busca el procedimiento MT811B en el catálogo de trámites.
- Rellena el formulario de solicitud electrónico (normalmente incluye un plan de actuación, presupuesto y memoria).
- Adjunta la documentación en los formatos solicitados (PDF, firmados electrónicamente si es necesario).
- Firma con certificado digital (de la asociación o del representante legal) y envía la solicitud.
- Guarda el justificante de presentación con fecha y hora.
Si tu asociación no tiene experiencia con la sede electrónica, puedes pedir cita en una oficina de registro de la Xunta para que te ayuden.
Documentación necesaria
- Solicitud oficial (formulario normalizado).
- Memoria del proyecto o actuación que se va a realizar (objetivos, actividades, cronograma, colectivo beneficiario).
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos previstos.
- Acreditación de la inscripción en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía.
- Documentación que demuestre que la asociación está al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- En su caso, declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidades.
Consejo: Revisa la convocatoria concreta porque puede pedir documentos adicionales como planos, certificados de espacios, o presupuestos de terceros.
Consejos prácticos
- Empieza con antelación: reunir la documentación y redactar un buen proyecto lleva tiempo. No esperes al último día.
- Lee bien las bases reguladoras (la Orden de 20 de diciembre de 2024) para entender qué gastos son subvencionables y qué condiciones de justificación se exigen.
- Si no tienes claros los plazos de futuras convocatorias, suscríbete al boletín de subvenciones de la Xunta o sigue sus redes sociales.
- Pide ayuda si lo necesitas: la Consellería suele ofrecer un teléfono o correo de contacto para dudas sobre el procedimiento (aparece en el anuncio del DOG).
- Guarda toda la documentación justificativa (facturas, fotos, informes) porque tendrás que presentarla al finalizar el proyecto para cobrar la ayuda.
Recuerda que esta guía es orientativa. Para cada nueva convocatoria, consulta siempre el texto íntegro publicado en el DOG y las bases reguladoras.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Pueden solicitarla las asociaciones sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía y que tengan sede o delegación en Galicia.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El plazo varía cada año según la convocatoria. Consulta la publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del año correspondiente (código MT811B). Normalmente suele abrirse en los primeros meses del año y dura entre 30 y 45 días.
¿Cuánto dinero puedo recibir con esta subvención?
El importe no está fijado en los datos generales, sino que se determina en cada convocatoria anual. Dependerá del presupuesto total disponible y del porcentaje subvencionable (por ejemplo, hasta un 80% del proyecto). Revisa la convocatoria concreta para conocer los límites.
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