Convenio SEPE-ISM: cómo gestionar tu paro si trabajas en el mar
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES.
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta no es una ayuda económica directa, sino un convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Social de la Marina (ISM) para que el ISM pueda usar las aplicaciones y herramientas informáticas del SEPE en la gestión de las prestaciones por desempleo. ¿Qué significa esto para ti? Que si eres trabajador del mar (régimen especial del mar) y necesitas solicitar el paro, los trámites serán más ágiles y coordinados, porque el ISM tendrá acceso a los mismos sistemas que el SEPE.
Va dirigida a trabajadores encuadrados en el Régimen Especial del Mar de la Seguridad Social que quieran solicitar o gestionar prestaciones por desempleo (contributivas, subsidios, etc.). El convenio no crea un nuevo tipo de ayuda, sino que mejora la forma en que se tramitan las que ya existen.
Requisitos para solicitarla
Para beneficiarte de esta mejora en la gestión, debes cumplir los requisitos generales de las prestaciones por desempleo del Régimen del Mar:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial del Mar (o en situación asimilada al alta).
- Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años (para prestación contributiva).
- Encontrarte en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, etc.).
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo excepciones.
- No estar incurso en incompatibilidades (trabajar por cuenta propia, etc.).
Importante: El convenio en sí no añade ni elimina requisitos; solo mejora el sistema informático. Consulta la normativa oficial del ISM para tu caso concreto.
Cuantía e importe
Este convenio no concede ninguna cuantía fija, porque no es una subvención económica. Las prestaciones por desempleo que podrás solicitar sí tienen importes variables según tus bases de cotización y tiempo trabajado. Por ejemplo:
- Prestación contributiva: 70% de la base reguladora los primeros 180 días, luego 60%.
- Subsidio por desempleo: alrededor de 480 € mensuales (2026), aunque puede variar.
- Renta activa de inserción, etc.
Para conocer la cuantía exacta que te corresponde, usa el simulador del SEPE o pide cita en tu oficina del ISM.
Plazos importantes
- Publicación del convenio: 11 de mayo de 2026 (fecha desde la que está operativo).
- Plazo para solicitar tu prestación por desempleo: los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca la situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, etc.). Si lo haces fuera de plazo, puedes perder días de prestación.
- No hay un "plazo fin" específico para el convenio, ya que tiene vigencia indefinida salvo denuncia.
No esperes: si has perdido tu empleo en el mar, acude al ISM cuanto antes.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Reúne la documentación (mira la sección siguiente).
- Solicita cita previa en tu oficina del Instituto Social de la Marina más cercana o en su sede electrónica (sede.seg-social.gob.es/ism).
- Presenta la solicitud de prestación por desempleo (modelo oficial). Puedes hacerlo presencialmente o por registro electrónico si dispones de certificado digital.
- Entrega la documentación y firma la solicitud. El personal del ISM tramitará tu expediente usando las herramientas cedidas por el SEPE, lo que agilizará la resolución.
- Espera la resolución. En unos días recibirás la notificación (por correo postal o en tu sede electrónica). Si todo está correcto, empezarás a cobrar.
Documentación necesaria
- DNI/NIE en vigor.
- Documento de afiliación a la Seguridad Social (nº de afiliación).
- Certificado de empresa (o documentación que acredite el cese: carta de despido, fin de contrato, etc.).
- Vida laboral actualizada (puedes pedirla en la Seguridad Social).
- Libro de familia si tienes hijos a tu cargo (para posibles complementos).
- Justificante de ingresos del último año si solicitas subsidio (por ejemplo, declaración de la renta).
- Modelo de solicitud oficial de prestación por desempleo (te lo darán en el ISM o puedes descargarlo).
Consejos prácticos
- No demores la solicitud: tienes 15 días hábiles. Si esperas más, perderás días de prestación.
- Usa la sede electrónica si tienes certificado digital o Cl@ve: ahorrarás colas y el sistema estará optimizado gracias a este convenio.
- Revisa bien tu vida laboral antes de ir. Si falta algún periodo de cotización, puedes pedir su regularización.
- Si trabajas a bordo de buques y estás embarazada o en situación de riesgo, pregunta también por prestaciones especiales.
- Guarda copia de toda la documentación que entregues, por si necesitas reclamar.
- Si tienes dudas, consulta la convocatoria oficial en el BOE (enlace en los datos) o llama al 900 24 24 24 (teléfono de información del ISM).
Datos oficiales
| Fuente | BOE |
| Organismo | MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES |
| CCAA | Nacional |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda? ¿Cualquier trabajador?
No, va dirigida a trabajadores encuadrados en el Régimen Especial del Mar (pescadores, marineros, etc.) que necesiten gestionar sus prestaciones por desempleo. El convenio mejora la tramitación, pero no crea un nuevo colectivo beneficiario.
¿Cuánto dinero voy a cobrar gracias a este convenio?
El convenio no otorga una cantidad fija. Tu prestación dependerá de tus cotizaciones y de la modalidad (contributiva, subsidio, etc.). Puedes usar el simulador del SEPE o pedir información en el ISM.
¿Hay que hacer algún trámite especial por este convenio o se solicita la prestación normal?
No, no necesitas hacer nada adicional. Solo debes solicitar tu prestación por desempleo en el ISM de la forma habitual (cita previa o sede electrónica). El convenio actúa entre bambalinas para que el proceso sea más rápido y eficiente.
¿Quieres recibir alertas de ayudas como esta?
Regístrate gratis en SubvencionesAlDía y te avisaremos cuando se publiquen nuevas convocatorias.
Empieza gratis →