Ayuda por desempleo tras lluvias en Andalucía y Extremadura: guía 2026
Cómo solicitar prestaciones por desempleo si te han afectado daños meteorológicos. Guía paso a paso: requisitos, documentación y plazos.
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta prestación por desempleo está pensada para personas trabajadoras que hayan perdido su empleo o visto reducida su jornada laboral como consecuencia directa de los fenómenos meteorológicos adversos (inundaciones, temporales, etc.) ocurridos en comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Se regula mediante el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, y la Resolución del SEPE del 25 de febrero de 2026.
Va dirigida a personas asalariadas (por cuenta ajena) que residan o trabajen en las zonas afectadas y cuyo contrato se haya interrumpido, suspendido o finalizado por los daños causados por estos fenómenos.
Requisitos para solicitarla
- Ser trabajador por cuenta ajena (autónomos tienen su propia línea de ayudas, consulta con el SEPE).
- Haber perdido el empleo o sufrido una reducción de jornada a causa de los daños meteorológicos (inundaciones, deslizamientos, etc.).
- Estar en situación legal de desempleo (o en ERTE por causas meteorológicas).
- No tener derecho a otra prestación contributiva o tenerla y que la cuantía sea menor (se puede complementar).
- Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (excluidas las pagas extraordinarias).
Importante: consulta la convocatoria oficial para ver el detalle de los requisitos específicos según la zona y el tipo de contrato.
Cuantía e importe
La ayuda consiste en una prestación por desempleo de carácter extraordinario. Su cuantía es la misma que la prestación contributiva ordinaria: el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, y el 60% a partir de ahí. Sin embargo, puede haber límites máximos y mínimos específicos para esta situación excepcional.
Al no tener un importe fijo, dependerá de tu base de cotización. Para saber exactamente cuánto te corresponde, utiliza el simulador del SEPE o consulta la resolución oficial en el BOE (enlace al final de la guía).
Plazos importantes
La resolución se publicó el 5 de marzo de 2026. El plazo para solicitarla se abrirá al día siguiente de la publicación (6 de marzo) y durará 15 días hábiles (hasta el 26 de marzo aproximadamente, salvo ampliación).
Si el periodo ha pasado, consulta si se han habilitado nuevas fechas. No esperes al último día, porque las solicitudes se tramitan por orden de entrada.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Accede a la sede electrónica del SEPE (sepe.gob.es). Necesitarás certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
- Busca el trámite: “Solicitud de prestación por desempleo por daños meteorológicos – RD-ley 5/2026”.
- Rellena el formulario online con tus datos personales, del contrato y del hecho causante (fecha y causa del desempleo).
- Adjunta la documentación requerida (ver sección siguiente).
- Revisa y envía. Te dará un número de registro. Guarda el justificante.
- Si no puedes hacerlo online, puedes acudir a una oficina del SEPE de Andalucía o Extremadura con cita previa, pero la tramitación será electrónica igualmente.
Documentación necesaria
- DNI/NIE o pasaporte en vigor.
- Certificado de empresa que acredite la finalización o suspensión del contrato por los daños meteorológicos (si no lo tienes, la empresa debe entregarlo).
- Informe o parte meteorológico oficial que demuestre la afectación en tu zona (puedes solicitarlo a la Agencia Estatal de Meteorología).
- Documentación que acredite tu residencia o lugar de trabajo en las zonas declaradas.
- En caso de ERTE, la comunicación de la empresa a la autoridad laboral.
Si no dispones de alguno de estos documentos, en la sede del SEPE te podrán orientar sobre alternativas.
Consejos prácticos
- No dejes pasar el plazo: 15 días hábiles pasan rápido. Reúne toda la documentación desde el primer día.
- Guarda siempre los justificantes de presentación (número de registro y acuse de recibo).
- Si tienes dudas sobre si tu caso encaja, llama al teléfono del SEPE (060) o pide cita en una oficina para que te orienten.
- Si ya estás cobrando otra prestación, no la dejes sin comunicar – el SEPE hará los ajustes automáticos (podrías tener que devolver dinero).
- Revisa periódicamente el estado de tu solicitud en la sede electrónica (sección “Mis expedientes”).
Cómo solicitar prestaciones por desempleo si te han afectado daños meteorológicos. Guía paso a paso: requisitos, documentación y plazos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta ayuda si soy autónomo?
Esta prestación es solo para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos afectados por los mismos fenómenos deben consultar las ayudas específicas del RETA o las líneas de la Junta de Andalucía/Extremadura.
¿Cuánto tardan en pagarla?
El SEPE dispone de 15 días hábiles desde la presentación de la solicitud para resolver. Si todo es correcto, el pago se realiza dentro del mes siguiente. Si falta documentación, el plazo se interrumpe.
¿Puedo pedirla si tengo un contrato temporal que finalizó justo durante las lluvias?
Sí, siempre que demuestres que la finalización fue anticipada a causa de los daños meteorológicos (por ejemplo, no se pudo reanudar la actividad). Necesitarás un certificado de la empresa que especifique esa causa.
¿Quieres recibir alertas de ayudas como esta?
Regístrate gratis en SubvencionesAlDía y te avisaremos cuando se publiquen nuevas convocatorias.
Empieza gratis →