Ayudas para prevenir riesgos laborales 2026: guía para solicitarlas

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL.

¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?

Esta subvención, publicada en el BOE el 23 de marzo de 2026 (Orden TES/237/2026), está destinada a financiar actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, tal como recoge la Ley 31/1995. El objetivo es fomentar acciones que mejoren la seguridad y salud en el trabajo. Aunque la orden establece las bases reguladoras, el organismo responsable es el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el ámbito es nacional.

Va dirigida a empresas, autónomos, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro y otros colectivos que realicen proyectos de prevención, formación, investigación o difusión en esta materia. Eso sí, los detalles concretos sobre quiénes pueden ser beneficiarios (tamaño de empresa, sectores, etc.) se definen en la convocatoria oficial que desarrolle estas bases.

Requisitos para solicitarla

Para acceder a la subvención deberás cumplir con los requisitos que fije la convocatoria. A partir de las bases, es probable que exijan:

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones públicas (Ley 38/2003).
  • Presentar un proyecto o actividad que encaje en las líneas de prevención de riesgos laborales (formación, elaboración de planes, adquisición de equipos, etc.).
  • Acreditar la capacidad técnica y financiera para ejecutar la actividad.

Importante: como los detalles varían, consulta el texto íntegro de la convocatoria para asegurarte de que cumples todos los puntos.

Cuantía e importe

En los datos facilitados no se especifica el importe ni la cuantía máxima por solicitante. Las bases reguladoras suelen fijar un presupuesto total y unos límites por proyecto. Por tanto, deberás esperar a la convocatoria anual para conocer la dotación económica y el porcentaje de ayuda (puede ser a fondo perdido, cofinanciación, etc.). Lo habitual en este tipo de subvenciones es que cubran entre el 50% y el 100% del coste subvencionable, con topes.

Plazos importantes

La Orden TES/237/2026 se publicó el 23 de marzo de 2026. Las bases entran en vigor al día siguiente, pero el plazo de solicitud se abrirá cuando se publique la convocatoria específica (normalmente en los meses siguientes). Sin ese dato concreto, te recomendamos:

  • Revisar periódicamente el BOE y la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
  • Suscribirte a alertas de subvenciones en la web del ministerio.
  • No esperar al último día: el plazo suele ser de 20 a 30 días hábiles desde la publicación.

Cómo y dónde solicitarla (pasos)

El procedimiento será telemático a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Estos son los pasos generales:

  1. Prepara tu documentación (ver sección siguiente).
  2. Accede al formulario de solicitud en la sede electrónica (https://sede.mites.gob.es) cuando la convocatoria esté abierta.
  3. Rellena los datos de tu entidad, del proyecto y el presupuesto.
  4. Adjunta los archivos en los formatos solicitados (PDF, firmados electrónicamente).
  5. Firma digitalmente con certificado electrónico (DNIe, FNMT, etc.).
  6. Presenta la solicitud y guarda el justificante de registro.

Si tienes dudas técnicas, el ministerio suele ofrecer un teléfono de ayuda y una guía de tramitación.

Documentación necesaria

Aunque cada convocatoria puede exigir documentos específicos, lo más común es aportar:

  • Memoria descriptiva del proyecto (objetivos, actividades, cronograma, impacto preventivo).
  • Presupuesto detallado de los gastos previstos.
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos.
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
  • En su caso, estatutos de la entidad, poder del representante, NIF, etc.

Revisa bien la convocatoria porque puede pedir documentación adicional (plan de prevención, acreditación de formación, etc.).

Consejos prácticos

  • Lee la convocatoria completa antes de empezar a rellenar. Identifica los criterios de valoración (por ejemplo, que tu proyecto tenga mayor impacto o que esté dirigido a sectores de riesgo).
  • Prepara la documentación con antelación. No dejes los certificados para el último momento.
  • Si tu proyecto es complejo, pide ayuda a un técnico en prevención o a una asesoría especializada en subvenciones.
  • Guarda todos los justificantes de gastos y de ejecución, ya que luego tendrás que justificar la ayuda.
  • No dupliques financiación: asegúrate de que el mismo gasto no está cubierto por otra subvención pública.

Datos oficiales

FuenteBOE
OrganismoMINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
CCAANacional
ImporteNo especificado
Plazo límiteConsultar convocatoria

Ver convocatoria oficial →

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta subvención? Empresas de cualquier tamaño, autónomos, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, siempre que realicen actividades de prevención de riesgos laborales. Los requisitos concretos se detallan en la convocatoria que desarrolle las bases.

Los beneficiarios pueden ser empresas, autónomos, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, según lo que establezca la convocatoria oficial.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

El plazo aún no está definido porque la Orden solo aprueba las bases. Debes estar atento a la publicación de la convocatoria en el BOE (normalmente entre abril y junio de 2026) y presentarla dentro del periodo que indique (suele ser de 20 a 30 días hábiles).

¿Cuánto dinero puedo recibir?

En los datos disponibles no se indica el importe. La cuantía dependerá del presupuesto asignado a la convocatoria y del porcentaje de ayuda que se fije (puede oscilar entre el 50% y el 100% del coste subvencionable). Consulta la convocatoria oficial para conocer los topes.

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