Subvenciones contra la violencia de género: cómo solicitar las ayudas 2026
MINISTERIO DE IGUALDAD.
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, publicada en el BOE el 28 de abril de 2026 bajo la Orden IGD/393/2026, modifica las bases reguladoras anteriores (Orden IGD/239/2022) para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Su objetivo es financiar programas y proyectos de concienciación, prevención e investigación de todas las formas de violencia contra las mujeres.
Va dirigida a entidades, organizaciones o instituciones (públicas o privadas sin ánimo de lucro) que trabajen en el ámbito de la igualdad, la educación o la innovación social. Si formas parte de una asociación, fundación, universidad o centro de investigación que desarrolle iniciativas contra la violencia machista, esta convocatoria te interesa.
Requisitos para solicitarla
Como las bases se han modificado recientemente, es imprescindible consultar la convocatoria oficial completa para conocer los requisitos actualizados. No obstante, los criterios habituales incluyen:
- Ser una persona jurídica legalmente constituida en España.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar un proyecto que se encuadre en las categorías de educación e innovación contra la violencia de género.
- No haber sido sancionado por incumplir normativas de igualdad o subvenciones anteriores.
Recuerda: la modificación podría haber añadido nuevos requisitos, así que revisa el texto íntegro de la orden en el BOE.
Cuantía e importe
En los datos disponibles no se especifica el importe total de la subvención ni las cuantías máximas por proyecto. Para saberlo, deberás consultar la convocatoria de la Orden IGD/393/2026 en el BOE o en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad. Normalmente, estas ayudas cubren un porcentaje del presupuesto del proyecto (entre el 60% y el 100%) y pueden alcanzar decenas de miles de euros, según el alcance.
Plazos importantes
- Fecha de publicación en BOE: 28 de abril de 2026.
- Plazo de inicio: No se indica en los datos facilitados. Lo habitual es que el plazo empiece al día siguiente de la publicación.
- Plazo de fin: Tampoco se especifica. Deberás comprobarlo en la convocatoria oficial, ya que suele ser de 20 a 30 días naturales desde la publicación.
¡No esperes al último momento! Marca la fecha en tu calendario en cuanto la consultes.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Accede a la sede electrónica del Ministerio de Igualdad (https://sede.igualdad.gob.es). Busca el trámite "Subvenciones para programas y proyectos contra la violencia de género 2026".
- Descarga los formularios normalizados (modelo de solicitud, anexos y memoria del proyecto).
- Rellena la solicitud siguiendo las instrucciones. Asegúrate de usar la versión actualizada tras la modificación de la orden.
- Adjunta la documentación requerida (ver sección siguiente).
- Presenta electrónicamente con tu certificado digital (DNIe, FNMT, etc.) o mediante representante apoderado.
- Recibirás un justificante con el número de registro. Guárdalo para cualquier reclamación.
Documentación necesaria
- Solicitud oficial en el modelo aprobado por la convocatoria.
- Memoria descriptiva del proyecto (objetivos, actividades, presupuesto detallado, impacto previsto).
- Acreditación de la personalidad jurídica (escritura de constitución, estatutos, NIF).
- Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (o autorización para que el órgano lo consulte).
- Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición.
- Presupuesto del proyecto con desglose de gastos e ingresos previstos.
Revisa si la nueva orden exige algún documento adicional (como un plan de igualdad o informes de género).
Consejos prácticos
- Lee el BOE completo: la modificación puede incluir cambios en los criterios de valoración o en la documentación. No te quedes solo con este resumen.
- Planifica el proyecto con antelación: aunque no sepas el plazo exacto, ten preparado el borrador de la memoria y el presupuesto.
- Si tienes dudas, contacta con el Ministerio: suelen ofrecer un buzón de consultas o teléfono de información durante el plazo de presentación.
- Aprovecha las categorías de educación e innovación: enfoca tu propuesta en sensibilización formación o nuevas herramientas contra la violencia de género; estos proyectos suelen puntuar más.
- No dejes la firma electrónica para el último día: si no tienes certificado digital, tramítalo con antelación (es gratuito en la FNMT).
Datos oficiales
| Fuente | BOE |
| Organismo | MINISTERIO DE IGUALDAD |
| CCAA | Nacional |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir esta subvención?
Principalmente entidades privadas sin ánimo de lucro, universidades, centros de investigación y administraciones públicas que desarrollen proyectos de concienciación, prevención o investigación sobre violencia contra las mujeres. Consulta la convocatoria para ver si tu tipo de organización está incluida.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
No se especifica en los datos de la orden, pero lo habitual es que empiece al día siguiente de la publicación en BOE (28 de abril de 2026) y termine entre 20 y 30 días naturales después. Mira el texto oficial para conocer la fecha exacta.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
No se ha publicado el importe concreto en esta modificación. Deberás consultar la convocatoria completa para conocer la cuantía máxima por proyecto y el porcentaje de cobertura. En convocatorias anteriores solían oscilar entre 10.000 y 100.000 euros, pero puede variar.
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