Ayudas para apoyar a víctimas de trata y sus hijos: guía práctica
MINISTERIO DE IGUALDAD.
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, impulsada por el Ministerio de Igualdad, está pensada para financiar proyectos que brinden apoyo integral a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, así como a sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad. Se trata de una línea de ayudas que busca reforzar la atención, protección y recuperación de las víctimas, facilitando recursos especializados.
La orden que acaba de publicarse (IGD/392/2026) modifica las bases reguladoras anteriores, por lo que es importante conocer los cambios si ya estabas familiarizado con la convocatoria. Va dirigida a entidades, organizaciones y asociaciones (normalmente sin ánimo de lucro) que desarrollen programas específicos en este ámbito. Si representas a una entidad social, este puede ser el impulso que necesitas.
Requisitos para solicitarla
Para poder optar a estas ayudas, tu entidad debe cumplir con los requisitos establecidos en las bases reguladoras. Aunque los detalles concretos pueden variar en cada convocatoria, los más habituales son:
- Personalidad jurídica: estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Experiencia previa: haber trabajado en materia de trata, violencia de género o protección de menores.
- Ámbito de actuación: el proyecto debe desarrollarse en territorio español (ámbito nacional).
- No estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones públicas (deudas con Hacienda, etc.).
Consulta la convocatoria oficial (que se publicará próximamente en el BOE y en la sede electrónica del Ministerio) para conocer los requisitos exactos, incluidos los que se hayan modificado con la nueva orden.
Cuantía e importe
En la orden de modificación publicada no se especifica un importe fijo. La cuantía total de la subvención, así como el límite máximo por proyecto, se establecerán en la convocatoria anual que desarrolle estas bases. Para saber de cuánto dinero dispones y qué porcentaje de cobertura puedes solicitar, deberás esperar a que se abra el plazo oficial de solicitud y consultar el extracto de la convocatoria.
Plazos importantes
La orden que modifica las bases se publicó en el BOE el 28 de abril de 2026. Sin embargo, el plazo de presentación de solicitudes aún no está abierto; se abrirá cuando se publique la correspondiente convocatoria. Te recomendamos:
- Seguir el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ministerio de Igualdad.
- Suscribirte a alertas del BOE con palabras clave como “trata”, “explotación sexual” o “IGD”.
- Revisar periódicamente la web del Ministerio de Igualdad (sección de subvenciones).
Normalmente el plazo suele ser de entre 15 y 30 días hábiles desde la publicación de la convocatoria, así que no te confíes.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
La tramitación es 100% telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Igualdad. Sigue estos pasos:
- Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Accede al trámite específico de la convocatoria (normalmente aparecerá como “Subvenciones para proyectos de apoyo a víctimas de trata”).
- Cumplimenta el formulario de solicitud (modelo normalizado).
- Adjunta la documentación requerida en formato PDF (más abajo te detallamos la lista).
- Firma electrónicamente y presenta la solicitud.
- Recibirás un justificante de presentación con número de registro. Guárdalo.
Si es la primera vez que usas la sede, te aconsejo que hagas una prueba antes del plazo oficial.
Documentación necesaria
Aunque la convocatoria concretará la lista exacta, por experiencia en este tipo de ayudas suele pedirse:
- Memoria del proyecto: descripción detallada de actividades, objetivos, metodología y colectivo destinatario (mujeres, niñas y sus hijos).
- Presupuesto desglosado con partidas de gastos e ingresos previstos.
- Acreditación de la entidad: estatutos, CIF, inscripción registral.
- Declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidades.
- Documentación sobre la experiencia en el ámbito de la trata y explotación sexual.
- En su caso, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
Prepara estos documentos con antelación para no tener que improvisar cuando se abra el plazo.
Consejos prácticos
- Lee las bases reguladoras completas (Orden IGD/183/2024 y su modificación IGD/392/2026) para entender bien los criterios de valoración y las obligaciones de justificación.
- Contacta con entidades que ya hayan recibido estas ayudas en anteriores convocatorias; su experiencia te ahorrará errores.
- No dejes la presentación para el último día: los sistemas pueden saturarse. Presenta al menos 48 horas antes del cierre.
- Si el proyecto incluye a menores o personas con discapacidad, detalla las medidas de protección y adaptación específicas (eso suma puntos en la valoración).
Datos oficiales
| Fuente | BOE |
| Organismo | MINISTERIO DE IGUALDAD |
| CCAA | Nacional |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar estas subvenciones? ¿Puede una persona física pedirlas?
No, están dirigidas a entidades jurídicas (asociaciones, fundaciones, ONG) que trabajen en el ámbito de la trata con fines de explotación sexual. Las personas a título individual no pueden solicitarlas.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo aún no está abierto. Se publicará en los próximos meses en el BOE y en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad. Te recomendamos estar atento a estas fuentes para no perder la ventana (suele ser de 15 a 30 días hábiles).
¿Cuánto dinero puedo recibir por proyecto?
El importe exacto se fija en la convocatoria anual. Hasta que no se publique no se conoce la cuantía total ni el límite por proyecto. Revisa la documentación oficial cuando esté disponible.
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