Guía para solicitar las ayudas de conciliación laboral y familiar (Navarra)
¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?
Esta subvención, aprobada mediante la ORDEN FORAL 14/2026 de la Consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, ofrece ayudas directas de pago periódico para ayudarte a compaginar tu trabajo con la vida familiar. Se trata de un complemento económico destinado a personas trabajadoras que necesitan apoyo para hacer frente a los gastos de conciliación (como cuidados de hijos o personas dependientes).
Va dirigida a personas trabajadoras (por cuenta ajena o propia) que residan o trabajen en la Comunidad Foral de Navarra y que cumplan los requisitos que establece la convocatoria. En principio, está pensada para quienes tienen dificultades para atender sus responsabilidades familiares por motivos laborales.
Requisitos para solicitarla
Para poder optar a estas ayudas, deberás cumplir los requisitos que aparecen en la convocatoria oficial. Aunque los detalles concretos figuran en el texto de la ORDEN FORAL, los requisitos habituales en este tipo de subvenciones suelen incluir:
- Ser persona trabajadora (asalariada o autónoma) con residencia o centro de trabajo en Navarra.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Tener a cargo hijos menores o personas dependientes (según se defina en la convocatoria).
- No superar determinados límites de renta o patrimonio (consulta el texto oficial para saber los umbrales exactos).
Como no tenemos todos los datos específicos, te recomendamos que leas atentamente la ORDEN FORAL publicada en el Boletín Oficial de Navarra (BON) del 17 de marzo de 2026. Allí encontrarás todos los requisitos detallados.
¿Hay algún requisito de edad o tipo de contrato?
Posiblemente se exija tener un contrato laboral vigente o una actividad como autónomo, y que la persona por la que se solicita la ayuda (hijo, familiar dependiente) cumpla ciertos criterios. Revisa la convocatoria para asegurarte.
Cuantía e importe
En los datos facilitados no se especifica el importe exacto de esta ayuda. Las cuantías suelen fijarse en función de los ingresos familiares, el número de hijos o la situación de dependencia. Es probable que se trate de un pago periódico (mensual, trimestral, etc.) durante un periodo determinado.
Para conocer la cantidad que podrías recibir, consulta directamente el texto de la convocatoria (enlace oficial al BON). Allí aparecerán las tablas de cuantías, los porcentajes y los topes máximos.
Plazos importantes
La fecha de publicación de la convocatoria en el BON es el 17 de marzo de 2026. El plazo de presentación de solicitudes suele comenzar al día siguiente de su publicación y durar entre 20 y 30 días naturales, aunque esto debe confirmarse en la orden foral.
Atención: No se han indicado las fechas de inicio y fin del plazo en la información disponible. Es imprescindible que consultes el anuncio oficial para no perder la oportunidad. Normalmente, estos plazos son perentorios y no se admiten solicitudes fuera de tiempo.
Cómo y dónde solicitarla (pasos)
- Accede al texto oficial de la ORDEN FORAL 14/2026 a través del enlace del Boletín Oficial de Navarra: https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2026/55/5. Descárgalo o léelo online para conocer los detalles.
- Prepara tu documentación (ver sección siguiente).
- Rellena el formulario de solicitud que se adjunta en la convocatoria o que estará disponible en la sede electrónica del Gobierno de Navarra.
- Presenta la solicitud de forma telemática a través del portal www.navarra.es, usando tu certificado digital o Cl@ve. También es posible que se permita la presentación presencial en oficinas de registro, pero lo habitual es que sea online.
- Conserva el justificante de presentación con el número de registro.
Documentación necesaria
Aunque la lista exacta la encontrarás en la convocatoria, estos son los documentos que suelen pedirse:
- DNI/NIE de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Libro de familia o documentación que acredite los hijos o personas a cargo.
- Certificado de empadronamiento o de residencia en Navarra.
- Declaración de la renta del último ejercicio o documento que acredite los ingresos.
- Vida laboral actualizada (se puede solicitar online en la Seguridad Social).
- Documentación acreditativa de la situación de dependencia (si aplica).
- En caso de autónomos, alta en IAE y declaración de actividad.
Consejos prácticos
- No esperes al último día: los plazos suelen ser muy ajustados y cualquier error puede dejarte fuera. Prepara la documentación con antelación.
- Lee la letra pequeña: la ORDEN FORAL incluye definiciones y condiciones que pueden afectar a tu solicitud (por ejemplo, qué se considera “persona a cargo” o “gastos de conciliación subvencionables”).
- Usa certificado digital o Cl@ve: si no tienes, solicítalo cuanto antes, porque es la forma más rápida de presentar la solicitud telemática.
- Si tienes dudas, llama al servicio de información del Gobierno de Navarra (teléfono 012 o 948 012 012) o consulta en las oficinas de atención ciudadana.
- Guarda copia de toda la documentación que envíes y del justificante de presentación.
Datos oficiales
| Fuente | BON |
| Organismo | Boletin Oficial de Navarra |
| CCAA | Navarra |
| Importe | No especificado |
| Plazo límite | Consultar convocatoria |
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pueden solicitarla personas trabajadoras (por cuenta ajena o autónomas) que residan o trabajen en Navarra y que tengan hijos menores o personas dependientes a su cargo, siempre que cumplan los requisitos de renta y situación laboral que establece la convocatoria oficial.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El plazo comienza el día siguiente a la publicación en el BON (17 de marzo de 2026) y suele durar entre 20 y 30 días naturales. Consulta la ORDEN FORAL para conocer la fecha exacta de finalización, ya que no se ha detallado en la información disponible.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
El importe no está especificado en los datos facilitados. Dependerá de tus ingresos, del número de hijos o personas dependientes y de los criterios que fije la convocatoria. Para saberlo, debes leer el texto completo de la ORDEN FORAL en el BON.
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