Ayudas Aprol-Economía Social 2026: solicítalas paso a paso

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?

Se trata de una subvención de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración de la Xunta de Galicia que impulsa la creación y consolidación de empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, etc.). El programa se llama Aprol-Economía Social y está diseñado para fomentar el emprendimiento en modelos empresariales que priorizan las personas sobre el capital.

Va dirigida a personas emprendedoras, autónomos, entidades y empresas que quieran poner en marcha o fortalecer un proyecto de economía social en Galicia. También pueden beneficiarse las propias entidades de economía social ya constituidas que realicen nuevas inversiones o contrataciones.

Requisitos para solicitarla

Para acceder a estas ayudas deberás cumplir con las condiciones que marca la convocatoria oficial. Aunque no se detallan aquí todos los requisitos específicos, estos son los criterios generales que suelen exigirse:

  • Desarrollar tu actividad o proyecto en el ámbito territorial de Galicia.
  • Constituir o tener previsto constituir una entidad de economía social (cooperativa, sociedad laboral, asociación, etc.).
  • No tener deudas con la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria (tanto estatal como autonómica).
  • Presentar una memoria o plan de negocio que acredite la viabilidad del proyecto y su encaje en la economía social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad y de prevención de riesgos laborales.

Importante: Como la convocatoria está recién publicada (DOG 18/02/2026), te recomiendo leer en detalle las bases reguladoras para comprobar si tu perfil encaja.

Cuantía e importe

En los datos facilitados no se indica una cuantía fija, por lo que deberás consultar la convocatoria oficial para conocer el presupuesto total disponible y los importes máximos por proyecto o por beneficiario. Normalmente, este tipo de subvenciones pueden cubrir desde gastos de constitución, inversiones en activos fijos, hasta costes de personal. Al ser concurrencia no competitiva, las ayudas se asignan por orden de llegada hasta agotar los fondos, así que cuanto antes presentes tu solicitud, mejor.

Plazos importantes

La orden se publicó el 18 de febrero de 2026. El plazo de solicitud suele abrirse al día siguiente de esta fecha y permanecer abierto durante un periodo determinado (por ejemplo, un mes o hasta fin de año). Como no se especifica la fecha de cierre en los datos facilitados, debes consultar el texto íntegro de la orden en el DOG o en la sede electrónica de la Xunta. Recuerda: al ser no competitiva, las solicitudes se atienden por orden de entrada, así que no lo dejes para el último día.

Cómo y dónde solicitarla (pasos)

  1. Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal. Busca el procedimiento con los códigos TR802G (para emprendedores) o TR802J (para entidades ya constituidas).
  2. Identifícate con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
  3. Cumplimenta el formulario electrónico. Tendrás que adjuntar toda la documentación necesaria (ver siguiente sección).
  4. Revisa y firma la solicitud. Una vez enviada, recibirás un justificante con el número de registro.
  5. Espera la resolución. Al ser concurrencia no competitiva, si cumples requisitos y hay fondos, se te concederá en pocas semanas.

Si tienes dudas, puedes pedir cita presencial o telefónica en las oficinas de la Consellería de Empleo.

Documentación necesaria

Aunque la lista exacta está en las bases, estos son los documentos que suelen pedir:

  • DNI/NIE del solicitante o representante legal.
  • Acreditación de la forma jurídica (escritura de constitución o borrador, estatutos).
  • Plan de empresa o memoria que describa el proyecto, su viabilidad y el empleo previsto.
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (pueden obtenerse electrónicamente).
  • Declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidades o prohibiciones.
  • Presupuesto detallado de inversiones o gastos para los que se pide la subvención.

Si trabajas con entidades o personas socias, también necesitarás sus datos identificativos y, en su caso, autorizaciones.

Consejos prácticos

  • Prepárate antes de que abran el plazo: reúne toda la documentación y ten claro el modelo de entidad de economía social que quieres crear (cooperativa, sociedad laboral, etc.).
  • Presenta la solicitud el primer día: al ser no competitiva, los fondos se asignan por orden de entrada. Una semana de retraso puede dejarte fuera.
  • Si tienes dudas, contacta con un técnico de la Consellería o con una asociación de economía social (como UCE o Fegecoop) que te asesoren gratuitamente.
  • No olvides el plan de negocio: dedica tiempo a hacerlo realista y bien estructurado. Es la clave para que valoren tu proyecto.
  • Revisa los códigos de procedimiento (TR802G o TR802J) para asegurarte de usar el formulario correcto.

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

Ver convocatoria oficial →

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas que promuevan la creación o consolidación de entidades de economía social en Galicia: cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, asociaciones de trabajo asociado, etc. También autónomos y empresas que quieran transformarse en economía social.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

El plazo comienza al día siguiente de la publicación en el DOG (18/02/2026) y finaliza cuando lo indique la convocatoria. Como no se especifica en los datos facilitados, consulta la orden oficial. Al ser concurrencia no competitiva, es urgente solicitarlo cuanto antes.

¿Cuánto dinero puedo recibir?

El importe no se detalla en la información disponible. Deberás revisar el texto íntegro de la orden para conocer el presupuesto total y los límites por proyecto o beneficiario. Normalmente se subvencionan gastos de constitución, inversiones y costes de personal, con cantidades que pueden ir de unos miles a decenas de miles de euros.

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