Subvenciones para empresas de inserción en Galicia 2026: guía práctica

¿Qué es esta ayuda y a quién va dirigida?

Esta subvención forma parte del Programa de incentivos a las empresas de inserción (EI) y a sus entidades promotoras de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración de la Xunta de Galicia. Su objetivo es fomentar la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo para personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. La orden que ahora se publica (junio de 2026) amplía la dotación presupuestaria de la convocatoria inicial de diciembre de 2025, por lo que hay más fondos disponibles.

Va dirigida a:

  • Empresas de inserción (EI) ya constituidas y calificadas como tales en Galicia.
  • Entidades promotoras que quieran impulsar la creación de nuevas empresas de inserción o reforzar las existentes.

En resumen, si tienes una empresa de inserción o estás pensando en crear una dentro de la comunidad gallega, esta ayuda te interesa.

Requisitos para solicitarla

Los requisitos concretos se detallan en la Orden de 29 de diciembre de 2025 (bases reguladoras) y en la convocatoria de 2026. De forma general, tendrás que:

  • Estar legalmente constituida como empresa de inserción o como entidad promotora (asociación, fundación, etc.) con domicilio social en Galicia.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los ratios de plantilla y de trabajadores en proceso de inserción que exige la normativa gallega sobre empresas de inserción (al menos el 30% de la plantilla formada por personas en exclusión social).
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones públicas.

Importante: Como la orden actual es una ampliación presupuestaria, los requisitos son los mismos que en la convocatoria original. Te recomendamos leer la publicación oficial en el DOG para asegurarte de que cumples con todos los detalles.

Cuantía e importe

En la información proporcionada no se especifica el importe exacto de la ayuda ni las cuantías máximas por solicitante. La dotación presupuestaria total se ha ampliado con esta orden, pero el desglose concreto (subvención por contrato, por proyecto de inserción, etc.) está en las bases de la orden de diciembre de 2025.

Lo que sí sabemos es que se trata de un programa de incentivos, por lo que las ayudas suelen cubrir parte de los costes salariales, de tutoría o de acompañamiento. Para saber cuánto puedes recibir, consulta el texto completo de la convocatoria original y esta ampliación.

Plazos importantes

La orden de ampliación se publicó el 16 de junio de 2026. Sin embargo, no se indica la fecha de inicio ni de fin del plazo de solicitud. Normalmente, las ampliaciones presupuestarias mantienen los plazos abiertos de la convocatoria inicial o los reabren por un periodo breve.

No te confíes: revisa la fecha exacta en el DOG y en la sede electrónica de la Xunta. Si la convocatoria original ya cerró, esta ampliación puede habilitar un nuevo plazo. Si aún está abierta, tendrás unos días (semanas) para presentar tu solicitud.

Cómo y dónde solicitarla (pasos)

  1. Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Busca los códigos de procedimiento TR356A (para empresas de inserción) y TR356C (para entidades promotoras).
  2. Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  3. Cumplimenta el formulario electrónico correspondiente al tipo de ayuda que solicitas. El sistema te guiará paso a paso.
  4. Adjunta la documentación requerida (ver sección siguiente) en formato PDF u otros aceptados.
  5. Firma y presenta la solicitud. Recibirás un justificante con número de registro.
  6. Si prefieres hacerlo de forma presencial, puedes acudir a las oficinas de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, aunque lo habitual es que te pidan hacerlo telemáticamente.

Documentación necesaria

Aunque la documentación exacta varía según el perfil, generalmente necesitarás:

  • Escritura de constitución y estatutos de la empresa o entidad.
  • Certificado de calificación como empresa de inserción (si ya lo eres).
  • Memoria explicativa del proyecto de inserción (datos de los trabajadores, plan de acompañamiento, etc.).
  • Presupuesto detallado de los gastos para los que pides la ayuda.
  • Declaraciones responsables de no estar en deuda con Hacienda y Seguridad Social.
  • DNI del representante legal y documentación acreditativa del poder.

Consulta el anexo de la convocatoria para la lista completa.

Consejos prácticos

  • Lee las bases con calma: Aunque la información parezca densa, es donde están los criterios de valoración (por ejemplo, se priorizan proyectos que contraten a mujeres, jóvenes o personas con discapacidad).
  • Prepara la documentación con antelación: Muchas veces hay que pedir certificados que tardan unos días (como el de estar al corriente de la Seguridad Social). No esperes al último momento.
  • Si tienes dudas técnicas, llama a la Consellería: En la página del DOG suele aparecer un teléfono o correo de contacto. Aprovecha para preguntar sobre cuantías o requisitos específicos.
  • Comprueba que tu empresa de inserción cumple el % de trabajadores en inserción: Es el requisito clave que deniega muchas ayudas.
  • Guarda todos los justificantes de presentación por si te piden subsanación o documentación adicional.

Ver convocatoria oficial →

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Las empresas de inserción (EI) ya calificadas en Galicia y las entidades promotoras (asociaciones, fundaciones, etc.) que quieran crear o apoyar una EI. Debes tener domicilio social en Galicia y cumplir los requisitos de la orden de diciembre de 2025.

¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?

La orden de ampliación se publicó el 16 de junio de 2026, pero no indica fechas concretas. Consulta el texto oficial en el DOG para conocer el plazo exacto, porque puede ser breve (15-20 días hábiles desde la publicación).

¿Cuánto dinero puedo recibir?

En los datos proporcionados no se especifica el importe. La cuantía depende de lo que marquen las bases reguladoras y del tipo de proyecto. Revisa la orden de diciembre de 2025 para ver los límites o llama a la Consellería para que te orienten.

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